En la Asamblea del sábado día 19 se sometió a votación y se aprobó, por mayoría absoluta, el respaldo de la Asamblea a la decisión tomada previamente en la reunión de directores, que tuvo lugar el día 12 de febrero, por la cual se asume, sin lugar a dudas, que NO SE PUEDEN FACTURAR NI LAS DIRECCIONES NI LAS ADAPTACIONES (ajustes) DE DOBLAJE, y que ambos conceptos deben ser abonados, de forma clara y diferenciada, en las correspondientes nóminas, como así lo indica nuestro Convenio Colectivo.
Con esa votación, se respaldó también la decisión de los directores, tomada el día 12 de febrero, de negarse a que se les imponga un adaptador distinto al habitual en las nuevas temporadas de series ya empezadas, ya que ello atenta directamente contra la calidad de nuestro trabajo, del cual el director debe responder artísticamente.
El director será el responsable artístico del doblaje de la obra audiovisual ante la empresa (Artículo 8).
21 de febrero de 2011
Junta Directiva de ADOMA